EDAD DE LOS DOCENTES UNIVERSITARIOS:
“LOS JÓVENES A LA TUMBA, LOS VIEJOS A LA OBRA”
Por Jorge Rendón Vásquez
La Ley 30220, del 8/7/2014, dispuso por su artículo
84º que “La edad máxima para el ejercicio de la docencia en la universidad
pública es setenta años.”
Tuvo que hacerlo para ceñirse a la edad máxima de los
empleados públicos establecida originariamente en 70 años por la Ley del Estatuto
y Escalafón del Servicio Civil del Estado, de 1951. Por ello, ninguna de las
leyes universitarias anteriores se refería a la edad máxima para el ejercicio
de la docencia universitaria. Y los docentes partían tranquilamente a la
cesantía o la jubilación al llegar a esa edad.
Esta regla comenzó a ser discutida por un docente de
la Universidad Federico Villareal, a fines de la década del noventa pasada, que
se empecinó en no irse. Acudió a la Justicia, pero no obtuvo lo que quería. Sin
embargo, la noticia se difundió entre los docentes universitarios que estaban
por llegar a esa edad y se fueron quedando con la complacencia ilegal de las
administraciones universitarias, alegando que la autonomía universitaria los
amparaba.
Desde comienzos de la nueva centuria los gerontes se
apoderaron así de la docencia universitaria y no la soltaban hasta su muerte,
cuando otro geronte ocupaba su lugar. Era penoso ver a muchos de esos ancianos,
apoyados en bastones y otros acompañados por algún asistente, dictando clases
con la voz quebrada apenas audible. ¿Se podía esperar de ellos alguna
renovación de las ciencias, alguna nueva información para la importante función
pública de formar los cuadros que los aparatos productivo y estatal requieren?
Y, por supuesto, los concursos para la admisión en la docencia universitaria se
esfumaron, aunque detrás de cada uno de esos ancianos los docentes jóvenes con
mayores méritos esperaran inútilmente en línea vertical la posibilidad de
promovese.
Por lo tanto, cuando se dio la vigente Ley
Universitaria, los docentes que estaban por llegar a los 70 años protestaron y
pidieron la derogación de la norma que fija la edad máxima. Algo consiguieron
con la Ley 30967 del 15/12/2017 que subió esa edad a 75 años. Pero han seguido
insistiendo y buscando parlamentarios de cualquier tienda política que se
presten a su propósito.
Ahora han encontrado a dos representantes que se han
interesado en ayudarlos: Edwin Martínez Talavera, de Acción Popular, quien ha
presentado el proyecto de derogatoria de la norma que fija la edad máxima para
el ejercicio de la docencia universitaria y dispone la readmisión de los
docentes que fueron cesados por límite de edad anteriormente, y Esdras Medina
Minaya, de Renovación Popular, quien preside la Comisión de Educación.
Este proyecto ha sido aprobado en primera votación por
62 votos a favor, 1 en contra y 21 abstenciones el 17/6/2022 y está en espera
de la segunda votación.
Los únicos
argumentos emitidos son 1) que “el cese de los profesores de 75 o más años
afecta la calidad de formación de profesionales a nivel nacional, porque
dejarían a las universidades públicas sin los profesores con mayor
experiencia”; y 2) que la pensión de jubilación del docente es de monto menor
al sueldo de docente universitario: “un profesor principal que ganaba S/.
7,000, con el cese pasa a ganar una pensión en la AFP de apenas S/. 1000
mensuales”.
Es decir, se trata de consagrar como precepto que la
senectud es más productiva que la juventud y que el sueldo universitario queda
convertido en pensión vitalicia.
Algo contraproducente para atender las necesidades
económicas, sociales y científicas de nuestro país.
En casi todos los demás países, y en particular en los
más desarrollados, la edad máxima para el ejercicio de la docencia
universitaria es 65 años con la posibilidad de permanecer dos o tres años más
en algún instituto de investigación, aunque sin percibir el sueldo
universitario, sino la pensión de jubilación.
El subdesarrollo económico, social y cultural de
nuestro país es el resultado de su universidad subdesarrollada a cargo de
gerontes que, para mantener su posición, nada hicieron para promover los
estudios de maestría y doctorado y su culminación con las tesis
correspondientes, salvo alguns excepciones.
La vigente Ley 30220, que dispuso que la docencia
universitaria requiere los grados de maestro y doctor, les dio a quienes no los
tenían un plazo de 5 años para obtenerlos. Este plazo se venció y más del 90%
de esos docentes no pudo obtener la maestría. De nuevo la presión y una ley, la
nº 31364 del 29/11/2021, extendió ese plazo hasta el 31 de diciembre de 2023.
¿Lo lograrán? El pronóstico es reservado, por no decir imposible para la
mayoría de ellos, por una simple razón: su mente y su resistencia al estudio y
a la investigación no lo permiten. Pasados los 40 años sin haber cultivado los
hábitos de estudio y fichaje no es posible asumirlos, menos aún el aprendizaje
de una lengua extranjera para la aprobación de la maestría y de dos para la del
doctorado. Esa es la causa de que más del 95% de los alumnos de la maestría y
el doctorado, en su mayor parte mayores de esa edad, no lleguen a la redacción
de las tesis ni a familiarizarse con los idiomas extranjeros. Además, como
sucede en Estados Unidos, los países europeos y otros desarrollados económica y
culturalmente, incluidos Argentina, Brasil y México, los estudios de maestría y
doctorado requieren dedicación exclusiva. No son estudios marginales, y el
grado de doctor es obligatorio para intervenir en los concursos para la
docencia universitaria. Esta constatación ha determinado que en Europa las
becas para el doctorado se limiten a los estudiantes de no más de 35 años.
Como se ve por el proyecto aprobado, aquí es al revés,
y los docentes universitarios jóvenes, probablemente anonadados por el temor
reverencial, prefieren guardar un silencio que los perjudica.
Una apostilla final: los representantes al Congreso
Edwin Martínez Talavera y Esdras Medina Minaya son arequipeños, y solo este
tiene un título universitario obtenido a los 36 años sin pena ni gloria. Y
estos representantes se permiten decidir sobre la formación universitaria.
Parece ser la misma línea trazada con el escándalo de los 367 doctorados
conferidos por la Universidad de San Agustín de Arequipa hace unos años por
simple resolución administrativa y sin estudios, ni tesis ni conocimiento de
dos idiomas extranjeros. Dos ilustres vocales de la Corte Suprema tuvieron el
honor de solicitar y recibir esos doctorados. Por la composición del Congreso
no es extraño que a los promotores del proyecto de ley en cuestión los hayan
acompañado 60 representantes de méritos, se debe suponer, semejantes al de aquellos.
(Comentos, 3/7/2022)